A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Procuradora 249 Judicial I Penal De Zipaquirá·Demandado Municipio De Zipaquirá, Policía Nacional Estación Zipaquirá E Instituto Nacional Penitenciario Y Carcelario
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto aparente de competencia suscitado por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Zipaquirá.
El precitado despacho decidió no avocar el conocimiento de la acción de tutela y remitió el asunto a la Corte Constitucional.
Argumentó que no era posible darle trámite a la acción, dado que la Procuraduría accionante había presentado con anterioridad otra tutela con las mismas pretensiones, la cual le fue remitida por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa misma municipalidad.
Encontró la Corte que mediante Auto 1713 de 2022 dirimió el conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Zipaquirá y el Juzgado Segundo Administrativo del mismo lugar para conocer de la acción constitucional que presentó la Procuradora 249 Judicial I de Zipaquirá en contra de la Alcaldía de ese municipio y del INPEC.
En dicha providencia la Corte dispuso remitir el asunto al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Zipaquirá para que le diera el trámite a la acción de tutela.
Se resuelve el presente asunto con la remisión del expediente al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Zipaquirá en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado proveído.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. Remitir el expediente ICC-4323 al Juzgado
- Segundo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Zipaquirá en cumplimiento de lo dispuesto en el Auto 1713 del 9 de noviembre de 2022.
- Segundo. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte actora y al Juzgado
- Segundo. Administrativo del Circuito de Zipaquirá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.